Tifariti, TERRITORIOS LIBERADOS DEL SAHARA OCCIDENTAL - 31 de octubre de 2018 (SPS) - El Frente POLISARIO toma nota de la
adopción por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de la resolución
2440 (2018) mediante la cual decidió prorrogar el mandato de la Misión de las
Naciones Unidas para el Referéndum en Sahara Occidental (MINURSO) por un
período de seis meses.
El Frente POLISARIO también toma nota del
llamamiento del Consejo de Seguridad a las dos partes, el Frente POLISARIO y Marruecos,
para que reanuden las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General
sin condiciones previas y de buena fe con miras a lograr un proceso justo,
duradero y una solución política aceptable de mutuo acuerdo, que permitirá la
autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental.
Ahora corresponde al Consejo de Seguridad
usar su peso colectivo para avanzar en las negociaciones directas entre las dos
partes con el fin de permitir que el pueblo ejerza de manera libre y plena su
derecho inalienable a la autodeterminación y la independencia.
El territorio no autónomo del Sáhara
Occidental ha sido ocupado ilegalmente por Marruecos desde el 31 de octubre de
1975, que coincide con la fecha de la aprobación de la resolución de hoy. Es
fundamental que el Consejo de Seguridad defienda inequívocamente el estatus
legal del Territorio y preserve su integridad territorial, como también lo
solicita la Unión Africana en muchas ocasiones, a la espera de una solución
definitiva del conflicto a través del referéndum de autodeterminación
supervisado por la ONU, para lo cual fue creada la MINURSO en 1991. El Frente
POLISARIO, cuyo objetivo es defender los derechos inalienables y sagrados y las
aspiraciones nacionales del pueblo saharaui, no aceptará menos que el pleno
respeto del derecho inalienable de nuestro pueblo a la autodeterminación y la
independencia.
El Frente POLISARIO recuerda que sus
compromisos con respecto al alto el fuego se basan en los acuerdos alcanzados
con la MINURSO, incluido el Acuerdo Militar No. 1 de 1997, que es vinculante
para ambas partes en el marco de la implementación del alto el fuego de 1991.
Por lo tanto, es fundamental que el Consejo de Seguridad garantice la plena
adhesión y el respeto de los términos del alto el fuego y el Acuerdo Militar
No. 1, que son partes integrales del Plan de Arreglo de la ONU y, por lo tanto,
los pilares que sostienen todo el proceso de paz de la ONU en el Sáhara
Occidental.
El Consejo de Seguridad también debe
garantizar que la MINURSO funcione de acuerdo con las normas básicas y los
principios generales aplicables a las operaciones de mantenimiento de la paz de
la ONU, y que la Misión tenga el mandato de monitorear la situación de los
derechos humanos en los territorios ocupados del Sáhara Occidental, donde los
abusos de los derechos humanos bien documentados son rampantes. Es urgente que
el Consejo de Seguridad exija a Marruecos que se abstenga de todas sus acciones
desestabilizadoras en los territorios ocupados del Sáhara Occidental y que cese
el saqueo de los recursos naturales del territorio del Sahara Occidental. (SPS)
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