El pasado miércoles 21 de diciembre, en una
sentencia histórica, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmaba sin
ambigüedades que el Sáhara Occidental no forma parte de Marruecos y no puede
por tanto aplicarse allí ningún acuerdo de la UE (Acuerdo de Asociación,
Acuerdo de Liberación de la Agricultura, Acuerdo de Pesca, etc.) con Marruecos
sin el consentimiento del pueblo saharaui. Se trata, por tanto, de un fallo con
profundas implicaciones no sólo para los derechos de este pueblo, sino también
para las relaciones exteriores de la UE.
En primer lugar, la sentencia pone de
manifiesto que, por más de 40 años, los Estados miembro, la Comisión Europea y
una mayoría del Parlamento Europeo han estado violando los principios más
básicos del derecho internacional con sus políticas de doble rasero en la
región. Mientras por un lado nunca dejaron de reivindicar el derecho a la
autodeterminación del pueblo saharaui y apoyar los esfuerzos de las Naciones
Unidas para alcanzar una solución política a uno de los conflictos más longevos
en su entorno más inmediato, por otro lado, en la práctica, han contribuido
activamente y directamente en el saqueo de los recursos (especialmente
pesqueros) de un territorio ocupado, consolidando los intereses del régimen
marroquí y sus partidarios en mantener el Sáhara Occidental firmemente bajo su
control.
En este contexto de miopía severa y
prolongada de la Comisión y el Consejo, el Tribunal de la UE ha tenido que
intervenir para recordar la normativa internacional. Se trata, por tanto, de
una victoria trascendental para el pueblo del Sáhara Occidental al ver su
territorio inequívocamente distinguido del de Marruecos por la más alta
instancia legal de la UE, que a su vez confirma su derecho más fundamental: la
autodeterminación. El pueblo saharaui tiene hoy la ley de su parte.
Pero, ¿cuáles son las implicaciones
prácticas de esta decisión? En resumen: ninguna actividad europea puede tener
lugar en el Sáhara Occidental sin el consentimiento del pueblo saharaui. Todas
las actividades europeas actuales, como las inversiones de la alemana Siemens o
las empresas agropecuarias españolas en los territorios ocupados, carecen de
fundamento jurídico. Sus contratos con socios o instituciones marroquíes tienen
ahora escasa validez. Con este panorama, animo a todas las empresas europeas
que piensen en trazar lazos comerciales con Marruecos que lean antes
atentamente el fallo del tribunal. Y como consumidores, recomendaría atender a
la etiqueta de nuestros tomates o melones y comprobar su procedencia.
A nivel diplomático, las implicaciones
prácticas son dobles: las instituciones de la UE deben llevar a cabo una
política de diferenciación completa y efectiva que restringe las relaciones
bilaterales (de la UE y de los Estados miembros) con Marruecos: eso significa
sin el Sáhara Occidental. Por tanto, y entre otras cosas, los programas de
asistencia de la Comisión con Marruecos deben poner fin de inmediato sus
actividades en el Sáhara Occidental. La Comisión tampoco podrá ya reconocer
ningún documento administrativo u organización oficial con sede en el Sáhara Occidental
como marroquí. Tendrá que eliminar a cualquier exportador con sede en el Sáhara
Occidental de su lista de exportadores autorizados en virtud del acuerdo
comercial UE-Marruecos. Tampoco se podrá entregar una sola licencia de pesca en
virtud del acuerdo pesquero a un buque europeo situado frente a la costa
saharaui. Y así sucesivamente. La política de diferenciación requiere un
despliegue sistemático y global en todos los sectores de la rica y diversa
relación UE-Marruecos.
Como eurodiputado, me aseguraré de que la
Comisión y el Consejo, así como las autoridades españolas, hayan leído y
apliquen cada línea del fallo. Lo que hay que hacer es muy claro y simple. No
es una cuestión de voluntad política por parte de nuestro ejecutivo, sino una
cuestión de aplicar estrictamente una decisión del máximo órgano jurídico de la
UE. España, como poder administrativo restante (uno de los efectos del fallo
fue desmenuzar el mito de un "poder administrativo de facto" de
Marruecos), es particularmente responsable de la aplicación de la sentencia.
Asegurar que las consecuencias de la sentencia se lleven a cabo con rapidez y
eficacia solo puede ayudar a fortalecer y mejorar nuestras relaciones con
nuestro socio indispensable, Marruecos
En definitiva, esta sentencia es también
una victoria tranquilizadora para aquellos de nosotros que creemos que Europa
es y debe seguir siendo un órgano basado en normas que respetan estrictamente
el derecho internacional. Victorias de este tipo, son victorias para todas y
todos nosotros.
Florent MARCELLESI; Eurodiputado. Grupo
de los Verdes/Alianza Libre Europea; Miembro; España EQUO.
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