sábado, 18 de abril de 2020

Rechazo del Representante de Marruecos en la ONU como cofacilitador en el proceso de reforma del sistema de tratados de derechos humanos


Fuente: el digital Tradición Viva,  sábado 18/04/2020
Rechazo del Representante de Marruecos en la ONU como cofacilitador en el proceso de reforma del sistema de tratados de derechos humanos, solicitud de 210 ONGS en Ginebra.
El Relator Especial de la ONU sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes determinó que “la tortura y los malos tratos se utilizaron para obtener confesiones y que los manifestantes fueron objeto de un uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes del orden marroquíes”.
ONGs – Grupo de Apoyo de Ginebra para la Protección y la Promoción de los Derechos Humanos en el Sahara Occidental, emiten una carta abierta al Presidente de la Asamblea General de la ONU  el  Sr. Tijjani Muhammad-Bande.
Carta abierta al Presidente de la Asamblea General S.E. Sr. Tijjani Muhammad-Bande
Las 210 organizaciones firmantes expresan su profunda preocupación por el nombramiento del Representante Permanente de Marruecos ante las Naciones Unidas, Sr. Omar Hilale, como uno de los dos co-facilitadores del proceso de “Fortalecimiento y mejora del funcionamiento efectivo del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos”.
Las organizaciones detallaron sus argumentos contra la asignación de una persona non grata para el tema de los derechos humanos en los siguientes términos: A pesar de todos los esfuerzos legislativos y de comunicación desplegados por sus autoridades, el Reino de Marruecos sigue siendo un lugar en el que se violan constantemente las libertades y los derechos fundamentales, incluidas la libertad de expresión y la libertad de reunión pacífica y, por lo tanto, figura entre los países con los peores antecedentes en materia de derechos humanos del mundo.
Más aún, el Reino de Marruecos ocupa ilegalmente y de forma militar el Territorio no autónomo del Sáhara Occidental desde 1975 y viola sistemáticamente el derecho internacional humanitario, así como todos los derechos fundamentales del pueblo saharaui, incluida su soberanía sobre los recursos naturales y su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia, consagrados en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En los últimos años, el Comité de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales han expresado su preocupación por el hecho de que no se haya encontrado una solución a la cuestión del derecho a la libre determinación del Territorio no autónomo del Sáhara Occidental y la explotación ilegal de los recursos naturales del Territorio.
Considerando la comunicación presentada por Ennaâma Asfari (uno de los líderes de la protesta masiva de 2010 en Gdeim Izik), condenado a 30 años de prisión sin ningún elemento material de prueba, el Comité contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes ha dictaminado que el Reino de Marruecos ha violado los artículos 1 y 12 a 16 de la Convención. En una carta de fecha 9 de febrero de 2017, el Reino de Marruecos rechazó enérgicamente la decisión.


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