lunes, 8 de junio de 2015

El Tribunal de la UE fija fecha para el juicio oral sobre recurso presentado por el POLISARIO contra el acuerdo agrícola entre la UE y Marruecos

Foto: Periodista Digital. Protestas de COAG contra el acuerdo UE-Marruecos

Luxemburgo, 07/06/15 (SPS).- El Tribunal de la Unión Europea en Luxemburgo ha fijado este  15 de junio  el juicio oral sobre el recurso del Frente POLISARIO contra del acuerdo agrícola entre la UE y Marruecos.
Según  un comunicado de prensa publicado este domingo el recurso  presentado por  el Frente POLISARIO el 19 de noviembre de 2012 ante el Tribunal de la Unión Europea contra el acuerdo agrícola celebrado el 8 de marzo de 2012 entre la UE y Marruecos se basa en los argumentos de que la UE  no puede celebrar un tratado de esa índole puesto  que ningún Estado europeo reconoce la soberanía de Marruecos sobre el Sáhara Occidental y viola los derechos fundamentales.
M’Hamed  Jadad, miembro del Secretariado Nacional, afirmó que “mediante la presentación de este recurso ante la jurisdicción europea, el Frente POLISARIO, sujeto de derecho internacional y el único representante del pueblo saharaui, defiende el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui y, en consecuencia, la protección de los recursos naturales cuya explotación sólo puede llevarse a cabo en el interés de este pueblo y bajo su control.”
Agregó que “la UE puede firmar cualquier acuerdo que quiera con Marruecos, pero estos acuerdos no pueden en ningún caso aplicarse al territorio del Sáhara Occidental. Sin embargo, el análisis en profundidad del expediente ha puesto de manifiesto que la UE está directamente presente en el territorio del Sáhara Occidental, mientras que la territorialidad del acuerdo UE/Marruecos no permite en modo alguno esta presencia europea en el territorio del Sáhara Occidental, que no está bajo soberanía marroquí”.
El Sáhara Occidental es un territorio no autónomo en virtud del artículo 73 de la Carta de la ONU, y Marruecos, la potencia ocupante, no tiene ningún derecho para administrar el Territorio. Esta situación jurídica, afirmada por la Corte Internacional de Justicia en su dictamen de 16 de octubre de 1975, ha sido confirmada constantemente por todos los órganos de las Naciones Unidas. En una sentencia de 21 de noviembre de 2014, la Audiencia Nacional española recordó que España “sigue siendo la potencia administradora del Sáhara Occidental" y tiene la obligación, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, de llevar a cabo la descolonización del territorio del Sáhara Occidental. SPS

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