domingo, 24 de marzo de 2019

España la UE y el expolio de los recursos saharauis. Juan Soroeta


*Fuente: Diario Vasco, por Juan Soroeta. 17 marzo 2019. OPINIÓN
Desde 1986 la Unión Europea ha venido concluyendo con Marruecos sucesivos acuerdos en materia de pesca que, pese a ser contrarios al Derecho Internacional, se han aplicado desde entonces en las aguas del Sahara Occidental. Desde 2012, a la explotación ilegal de los recursos pesqueros saharauis se añade la de productos agrícolas y derivados de la pesca en virtud de un acuerdo de libre comercio entre la UE y Marruecos.
En 2014 el Frente Polisario presentó sendos recursos de nulidad contra los dos acuerdos mencionados ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dando lugar a una serie de procedimientos en el curso de los cuales el alto Tribunal europeo llegó, sucintamente, a las siguientes conclusiones: el Sahara Occidental es un Territorio No Autónomo, es decir, un territorio pendiente de descolonización, por lo que no forma parte de Marruecos; como según el Derecho internacional, un acuerdo es aplicable sólo en el territorio de las partes contratantes y el Sahara
Occidental no es parte del de ninguna de ellas, los acuerdos no son aplicables en el mismo... y por lo tanto no se aplican. Lo cierto es que no solo todas las partes en el procedimiento, sino el propio tribunal en algunos pasajes de su sentencia reconocieron que ambos acuerdos se aplican en el Sahara Occidental. El TJUE ha preferido afirmar sin rubor que los acuerdos se aplican 'de facto' (expresión  jurídicamente vacía de contenido) a reconocer simple y llanamente que se aplican ilegalmente. Si se tiene en cuenta que los jueces conocían con certeza este hecho, su decisión, manifiestamente injusta y tomada con conocimiento de causa, no podría calificarse en nuestro ordenamiento más que como prevaricación.
Si dejamos a un lado este gravísimo hecho, que muestra con elocuencia que la justicia europea antepone los intereses de la UE al Derecho, debe destacarse que el TJUE establecía además un requisito para que, en adelante (no explica por qué no ocurre lo mismo con los acuerdos previos), los acuerdos se puedan aplicar válidamente al territorio y a las aguas saharauis: el pueblo saharaui debe dar su consentimiento a tales acuerdos. Conseguir tal consentimiento constituía una misión imposible, dado el rotundo rechazo del Frente Polisario a tales acuerdos. Sin embargo, las instituciones europeas, animadas por el desatino del TJUE, decidieron enviar una comisión al Sahara Occidental, donde se entrevistó con los representantes de organizaciones de colonos e instituciones marroquíes que, lógicamente, dieron su consentimiento a la aplicación de los acuerdos al territorio. La única asociación saharaui constituida de conformidad con el Derecho marroquí, la ASDVH, rechazó entrevistarse con la comisión afirmando lo que es una máxima de las Naciones Unidas: el único y legítimo representante del pueblo saharaui es el Frente Polisario, que es quien debe dar el consentimiento en su nombre. De esta forma, la Comisión pretendió sustituir el consentimiento del pueblo saharaui por el de los colonos y trasladó su decisión al Parlamento Europeo, que debía decidir su aprobación o su rechazo.
Hace ahora un mes que la institución europea que más se había distinguido por la defensa del derecho del pueblo saharaui a su autodeterminación y a la soberanía permanente sobre sus recursos naturales, el Parlamento Europeo, ha retrocedido treinta años en su posición sobre la cuestión, al aprobar la propuesta de la Comisión y considerar que el pueblo saharaui ha dado su consentimiento... a través de los colonos, que, debe recordarse, se encuentran en el territorio en violación de los Convenios de Ginebra, que prohíben el traslado de población del territorio del Estado ocupante (Marruecos) al territorio ocupado.
Queda aún la posibilidad de recurrir de nuevo al TJUE denunciando el incumplimiento de la sentencia por parte de las instituciones europeas, aunque cada día resulta más difícil creer en las bondades de este tribunal y de sus jueces, que ignoraron palmariamente las conclusiones del Abogado General previas a la sentencia, en las que afirmó sin matices que estos acuerdos violan el Derecho Internacional.
Por su parte, nuestro país, que es la potencia administradora del territorio (lo ha llegado a afirmar hasta en tres ocasiones la Audiencia Nacional) y por ello responsable de lo que ocurre en él, ha apoyado la ocupación marroquí y la explotación ilegal de los recursos naturales en contra de quien tiene la obligación de defender -el pueblo saharaui-, interviniendo incluso en los procedimientos judiciales del lado de la Unión Europea.
¿Qué nos queda a los ciudadanos? ¿Qué podemos hacer además de clamar al cielo una vez más? Probablemente no mucho. O quizás sí. Hacer que nuestra voz se oiga.
Y quizás recordar cuando lleguen las elecciones, que están ya a la vuelta de la esquina, la posición oficial de cada partido sobre la cuestión y, sobre todo, el sentido de su voto en el Parlamento Europeo.
* Juan Soroeta, profesor de derecho internacional privado (UPV-EHU)

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